Plan Integral Medisanitas

Cobertura a partir del primer (1°) día

Consultas Medisanitas Plan Integral

  • Consulta en primera instancia con acceso directo a: medicina general, medicina interna, medicina familiar, pediatría, ginecología y obstetricia. (El acceso a otras especialidades por remisión de los anteriores).
  • Además acceso directo a: psiquiatría, oncología, oftalmología, ortopedia y traumatología, cirugía de mano, cirugía de seno, nefrología, homeopatía, anestesiología y radioterapia (ésta solo para consulta). Estas especialidades no hacen remisión.
  • Consulta de homeopatía con profesionales adscritos a Medisanitas

Atención médica Medisanitas Plan Integral

  • Atención médica domiciliaria (perímetro urbano)
  • Ambulancia terrestre (perímetro urbano).
  • Atención de urgencias.
  • Atención en accidentes de tránsito terrestre sea peatón, conductor o pasajero.
  • Servicio preventivo de odontología y atención de urgencias odontológicas.

Terapias Medisanitas Plan Integral

  • Fisioterapia y rehabilitación, sin límite.
  • Terapia respiratoria, sin límite.
  • Terapia del lenguaje, sin límite.
  • Terapia ocupacional, sin límite.

Ayudas diagnósticas Medisanitas Plan Integral

  • Exámenes de laboratorio clínico, radiológico y patológico.
  • Electrocardiogramas y cistografías.
  • Oxigenoterapia.

Hospitalización y Cirugía Medisanitas Plan Integral

  • Hospitalización por urgencias psiquiátricas (tratamientos para brotes agudos reversibles, hasta 45 días al año por cada usuario).
  • Hospitalización domiciliaria (incluye medicamentos y materiales necesarios para el tratamiento según criterio médico).
  • Cama para acompañante para usuarios menores de 12 años y mayores de 64.
  • Transfusiones de sangre.
  • Cirugía en caso de urgencia vital.
  • Pequeña cirugía (ambulatoria).
  • Tratamiento ambulatorio del cáncer (consultas, radiología y laboratorio clínico).
  • Atención de partos prematuros a todas las usuarias.

Cobertura a partir del primer (1°) día del cuarto (4°) mes

  • Medios complementarios de diagnóstico.
  • Cirugías programadas en cualquier especialidad.
  • Hospitalización para tratamiento médico, quirúrgico o en Unidad de Cuidados Intensivos, sin límite.
  • Hospitalización para tratamiento psiquiátrico programado (máximo 45 días al año por cada usuario)
  • Riñón artificial y diálisis peritoneal: Para manejo de insuficiencias renales de carácter reversible, para manejo de patologías no preexistentes. No aplica en afecciones renales de carácter crónico.

Cobertura a partir del primer (1°) día del undécimo (11°) mes

Atención médica-obstétrica del parto o cesárea a la usuaria titular, a la cónyuge del titular o a la usuaria que el titular haya seleccionado como beneficiaria del grupo familiar básico.

Cobertura a partir del primer (1°) día del decimo tercer (13°) mes

Braquiterapia, radioterapia y cobaltoterapia para tratamiento quimioterapéutico del cáncer  (excluidos medicamentos).